La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ha implementado una medida significativa que simplifica el proceso de importación de ciertos productos para uso personal en Argentina. Mediante la Disposición N° 3562/2025, publicada recientemente, se establece que ya no será necesaria la intervención de la ANMAT en los trámites de autorización para el ingreso al país de una variedad de productos cuando sean adquiridos por usuarios directos.
La disposición abarca los siguientes productos:
Productos cosméticos: Productos definidos en el Apéndice I y II del Anexo de la Disposición N°8067/24.
Productos domisanitarios de libre venta: Productos definidos en el Anexo I y II de la Resolución N°709/98 y Anexo I de la Disposición N°5702/17.
Productos de higiene oral de uso odontológico: pastas, geles y cremas dentales, colutorios y enjuagues bucales. Disposición N°692/12.
Productos higiénicos descartables de uso externo: pañales descartables para bebés y adultos, toallitas femeninas, protectores diarios y absorbentes de leche materna. Resolución N° 550/22.
Productos higiénicos descartables de uso intravaginal: tampones. Resolución N° 550/22.
Productos higiénicos de uso intravaginal: colectores del flujo menstrual incluída la copa menstrual.
Esta medida tiene un impacto directo en las compras realizadas a través de modalidades como "Pequeño Envío" Courier, "Puerta a Puerta" Correo Argentino, y las importaciones efectuadas por personas físicas bajo la Resolución General AFIP N° 3172/11, así como los productos ingresados mediante el régimen de equipaje.
Con la eliminación de la necesidad de intervención de la ANMAT para estos productos, se espera una agilización en el proceso de importación, reduciendo tiempos y simplificando trámites para los usuarios.
Esta disposición se enmarca en un contexto de creciente demanda de compras internacionales por parte de los consumidores argentinos. Según datos recientes, el volumen de envíos internacionales ha experimentado un aumento significativo, impulsado por la búsqueda de productos que, en muchos casos, no están disponibles en el mercado local o que se ofrecen a precios más competitivos en el exterior.
La simplificación de los trámites de importación no solo beneficia a los consumidores, sino que también alivia la carga administrativa de los organismos reguladores, permitiendo un enfoque más eficiente en otras áreas de control y fiscalización.
Es importante destacar que, si bien la intervención de la ANMAT ya no es requerida para los productos mencionados cuando se importan para uso personal, los usuarios deben asegurarse de cumplir con las demás regulaciones aduaneras y fiscales vigentes. Además, esta medida no exime del cumplimiento de los requisitos de seguridad y calidad que deben tener los productos, por lo que se recomienda adquirirlos a través de canales confiables y verificar que cumplan con las normativas internacionales correspondientes.
En resumen, la Disposición N° 3562/2025 representa un paso hacia la facilitación del comercio internacional para los consumidores argentinos, promoviendo un acceso más ágil y sencillo a una variedad de productos de uso personal.
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