Nosotros nos encargamos de todo, somos dueños del proceso en su totalidad, lo que nos permite ofrecer soluciones integrales en toda su cadena logística, sin intermediarios a nivel nacional e internacional.
Contamos con depósitos propios en Buenos Aires, Miami, Montevideo, Shenzhen.
(FCL - LCL) Consolidados con rutas directas.
Cargas generales
- Grandes volúmenes de mercancías.
Transporte de cargas
internacionales.
Distribuimos la mercadería en Argentina, Estados Unidos y Uruguay hasta el cliente final sin intermediarios.
Ubicación estratégica en Buenos Aires, Miami, Montevideo, Shenzhen.
Almacenamiento de la mercadería bajo el control del servicio aduanero.
Contamos con profesionales altamente calificados para asesorarte en la mejor opción de importación o exportación
El Master Bill of Lading es el documento que emite el naviero o agente como contrato de transporte ante una carga, el House Bill of Lading, es aquel que emite una agencia de carga a su cliente.
De acuerdo con la Federación Internacional de Agentes de Carga (FIATA), el Agente Internacional de Carga es el prestador de servicios especializados que, actuando como principal o tercero entre el usuario y el transportista, desarrolla actividades para solucionar, por cuenta de su cliente o en forma directa, todos los problemas implícitos en el flujo físico de la mercancía.
En el clausulado del Bill of Lading principalmente; en menor medida algunas navieras establecen algunas obligaciones dentro de la cotización y/o booking.
Es toda pérdida que sobreviene a consecuencia de los sacrificios o gastos
extraordinarios realizados para conservar el buque y el cargamento, su
importe debe distribuirse a prorrata entre los interesados (Marine
Insurance Act 1906).
Cuando se ha hecho o contraído, intencionada y razonablemente,
cualquier sacrificio o un gasto extraordinario con el fin de conservar
los bienes comprometidos en la aventura común (Reglas de York y Amberes
1974).
Que el sacrificio o gasto sea extraordinario.
Que el acto sea intencional y razonable.
Que la finalidad sea la seguridad común.
El propósito es preservar de un peligro.
Derechos y obligaciones del importador o exportador con la autoridad aduanal.
A retirar las mercancías sino serán perdidas definitivamente.
A solicitar el abandono expreso.
A recuperarlas pasado el plazo de abandono.
Derechos y obligaciones del importador o exportador con el Agente de Carga.
A pagar los fletes.
A sacarlos a salvo de demoras.
A cubrir almacenajes y demoras.
Es el contrato de seguro y que conforme a la Ley del
Contrato de Seguros, deberá determinar principalmente:
Cobertura o tipo de riesgos cubiertos.
Fecha de vigencia.
Derechos y obligaciones de los firmantes (aseguradora y
asegurado).
La responsabilidad del porteador ante la pérdida, avería o retraso. Esto aplica si estos hechos ocurren desde el momento en el que el transportista se hizo cargo de la mercancía y hasta que la entrega en destino.
Son los Términos Internacionales de Comercio (INCOTERMS). Los emite la Cámara de Comercio Internacional que determinan el alcance comercial en el contrato de compraventa internacional.
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